Cautelar: OSECAC debe mantener como afiliado obligatorio a un jubilado
Cautelar: OSECAC debe mantener como afiliado obligatorio a un jubilado

Un caso reciente del estudio contra OSECAC, en el que la Justicia ordenó que un jubilado siga afiliado mientras se resuelve el reclamo.

El caso

Al jubilarse, OSECAC le negó la continuidad a un afiliado. Promovimos un amparo con pedido de medida cautelar de no innovar urgente, en el que también se planteó la inconstitucionalidad de los decretos que la obra social invocaba.

Qué resolvió la Justicia

  • Medida cautelar (junio de 2026): el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 2 ordenó a OSECAC mantener como afiliado obligatorio al jubilado, sin limitaciones temporales ni presupuestarias, hasta que se dicte sentencia.

Por qué es importante

La jubilación no obliga a pasarse a PAMI. Quien ya tenía obra social o prepaga puede seguir en ella y derivar allí los aportes que se descuentan de su haber jubilatorio. Cuando la obra social o la prepaga se niega, el amparo con medida cautelar permite que la cobertura no se corte mientras dura el juicio.

Qué hacer si te pasa algo parecido

  • Pedí la continuidad por escrito y guardá la respuesta, o la constancia de que no te respondieron. Si hace falta, lo hacemos por carta documento.
  • Respetá los plazos: 60 días en prepagas y 90 días en obras sociales, contados desde la jubilación.
  • Reuní la documentación: DNI, credencial, constancia de jubilación, último recibo de haber y comprobantes de cuotas o aportes.
  • Si te la niegan, iniciamos el amparo y pedimos una medida cautelar para que no te quedes sin cobertura.

Más información: Amparo contra OSECAC · Jubilados que siguieron en su obra social o prepaga · Guía de continuidad al jubilarse · Nuestros casos. Publicamos los casos sin datos personales de nuestros clientes.

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