Una medida de no innovar obliga a la prepaga a mantener todo como estaba antes de la jubilación mientras se resuelve el reclamo. Así fue en este caso del estudio contra OSDE.
El caso
Una afiliada a OSDE, con sus aportes derivados a través de una obra social, se jubiló y le comunicaron que no podía seguir en las mismas condiciones. Promovimos un amparo con pedido de medida cautelar.
Qué resolvió la Justicia
- Medida cautelar (marzo de 2025): el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 5 dispuso una medida de no innovar y ordenó a OSDE y a la obra social mantener la afiliación de la jubilada mientras dura el juicio.
- Mayo de 2025: OSDE informó en el expediente que cumplió la medida cautelar.
Por qué es importante
La jubilación no obliga a pasarse a PAMI. Quien ya tenía obra social o prepaga puede seguir en ella y derivar allí los aportes que se descuentan de su haber jubilatorio. Cuando la obra social o la prepaga se niega, el amparo con medida cautelar permite que la cobertura no se corte mientras dura el juicio.
Qué hacer si te pasa algo parecido
- Pedí la continuidad por escrito y guardá la respuesta, o la constancia de que no te respondieron. Si hace falta, lo hacemos por carta documento.
- Respetá los plazos: 60 días en prepagas y 90 días en obras sociales, contados desde la jubilación.
- Reuní la documentación: DNI, credencial, constancia de jubilación, último recibo de haber y comprobantes de cuotas o aportes.
- Si te la niegan, iniciamos el amparo y pedimos una medida cautelar para que no te quedes sin cobertura.
Más información: Amparo contra OSDE · Jubilados que siguieron en su obra social o prepaga · Guía de continuidad al jubilarse · Nuestros casos. Publicamos los casos sin datos personales de nuestros clientes.
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