Si sos abogado jubilado o afiliado a CASA (Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires) y la Caja te niega la cobertura del geriátrico o residencia donde vivís, o te ofrece cubrir solo una parte, se puede reclamar. Te contamos un caso reciente del estudio en el que la Justicia ordenó a CASA cubrir el 100 % de la residencia, el acompañante terapéutico, la medicación y los insumos.
¿CASA cubre el geriátrico o la residencia?
El Reglamento de CASA excluye los «geriátricos» de la cobertura, y por eso muchas veces la Caja responde que el alojamiento es una prestación social que no está a su cargo. Pero eso no cierra la discusión:
- Si el afiliado tiene certificado único de discapacidad (CUD), la propia CASA reconoce, en su Protocolo para afiliados con discapacidad, la prestación de Hogar Permanente, aunque solo hasta los valores del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
- Cuando la residencia es el lugar donde la persona recibe los cuidados que su salud necesita, no es un «mero alojamiento», y la exclusión del Reglamento no puede usarse para dejarla sin cobertura.
- Si lo que ofrece la Caja no alcanza (un reintegro muy por debajo del costo real, o el traslado a otro hogar), se puede pedir judicialmente la cobertura total en la residencia actual.
Cada caso se analiza con la documentación médica, pero la negativa inicial de CASA no es la última palabra.
Cuándo conviene reclamar
Conviene iniciar un amparo de salud cuando:
- la persona necesita cuidados permanentes y vive en una residencia o geriátrico;
- CASA rechazó la cobertura, la limitó a una categoría inferior o no respondió;
- la familia está pagando la diferencia y no puede sostenerla;
- la Caja condiciona la cobertura a un traslado que puede perjudicar al afiliado.
Junto con el amparo se pide una medida cautelar, para que el juez ordene la cobertura de inmediato, mientras dura el juicio.
Un caso del estudio: la Justicia ordenó a CASA cubrir el 100 % de la residencia
Representamos a un abogado jubilado de 85 años, afiliado a CASA desde hace más de quince años, con certificado de discapacidad. Tras un tratamiento oncológico y una internación prolongada quedó con secuelas que comprometen su movilidad y su autovalimiento, y desde el alta vive en una residencia de la Ciudad de Buenos Aires donde recibe cuidados permanentes. El costo de la residencia superaba los $3.100.000 por mes y lo venían pagando él y su familia.
CASA rechazó el reclamo: sostuvo que el hogar era una prestación social ajena a su cobertura e invocó la exclusión de geriátricos de su Reglamento. Ya en el juicio ofreció dos alternativas: reintegrar solo el valor de Hogar Permanente Categoría «C», muy inferior al costo real, o trasladarlo a un prestador propio en otra localidad.
Iniciamos un amparo con pedido de medida cautelar ante la justicia de la Provincia de Buenos Aires. El 1 de octubre de 2026, un juzgado de La Plata hizo lugar a la cautelar y ordenó a CASA brindar, hasta que se dicte la sentencia:
- la cobertura integral (100 %) de la residencia donde vive actualmente;
- el 100 % del acompañante terapéutico;
- el 100 % de la medicación, los pañales y los demás insumos que le indiquen sus médicos.
Como contracautela alcanzó con una caución juratoria, sin necesidad de depositar dinero.
Qué tuvo en cuenta la jueza
- La propia Caja reconoce la obligación. Como su Protocolo cubre el Hogar Permanente para afiliados con discapacidad, la discusión no era si debía cubrir, sino cuánto.
- La exclusión de geriátricos no puede dejar sin protección al afiliado. Para él, la residencia es el lugar donde recibe los cuidados que su salud requiere, y el Reglamento debe interpretarse de acuerdo con la Constitución y los tratados de derechos humanos.
- La Categoría «C» no alcanza. Dejaba a su cargo una diferencia que no puede pagar con su jubilación, con riesgo de que no pueda seguir en el lugar.
- El traslado podía perjudicarlo. Cambiar de establecimiento a los 85 años, con una enfermedad oncológica, rompe la continuidad de los cuidados y el entorno al que está adaptado.
- La especial vulnerabilidad de una persona mayor con discapacidad, protegida por la Convención Interamericana sobre los Derechos de las Personas Mayores (que reconoce el derecho a un sistema integral de cuidados) y por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Podés ver otros reclamos por internación en Internación geriátrica o domiciliaria y más resultados del estudio en Nuestros casos.
Qué documentación hace falta y cómo es el reclamo
Documentación:
- DNI y credencial de afiliado a CASA.
- Certificado único de discapacidad completo (no solo la credencial), si lo tiene.
- Historia clínica o resumen médico, con el diagnóstico y la indicación de cuidados permanentes.
- Indicación médica del acompañante terapéutico, la medicación y los insumos.
- Informe del médico tratante sobre los riesgos de un traslado, si la Caja lo propone.
- Habilitación de la residencia y facturas o presupuesto mensual.
- La negativa de CASA, o la constancia de que la pediste y no respondieron.
Paso a paso:
- Pedí la cobertura por escrito a CASA (por ejemplo, con carta documento), con la documentación médica.
- Si la niegan, la limitan o no responden, consultanos con la documentación.
- Iniciamos el amparo con pedido de medida cautelar.
- Si el juez otorga la cautelar, CASA tiene que cubrir de inmediato mientras sigue el juicio.
Preguntas frecuentes
CASA me dice que el geriátrico es una «prestación social». ¿Se puede reclamar igual?
Sí. Es lo que respondió CASA en nuestro caso, y aun así la Justicia ordenó la cobertura total. Pesó que la residencia es donde el afiliado recibe los cuidados que necesita y que la propia Caja cubre el Hogar Permanente para afiliados con discapacidad.
CASA me ofrece cubrir solo la Categoría «C». ¿Tengo que aceptarlo?
No necesariamente. Si ese valor queda muy por debajo del costo real y no podés pagar la diferencia, se puede reclamar la cobertura del 100 %.
CASA quiere que me traslade a un hogar de su cartilla. ¿Estoy obligado?
No siempre. Si el traslado puede afectar la salud o los cuidados de la persona, se puede pedir la cobertura en la residencia actual. Es importante contar con un informe médico que lo respalde.
¿También se puede reclamar el acompañante terapéutico, los pañales y la medicación?
Sí. En nuestro caso, la cautelar ordenó cubrir el 100 % del acompañante terapéutico, la medicación, los pañales y los demás insumos indicados por los médicos.
¿Dónde se presenta el amparo contra CASA?
En este caso, el amparo tramitó ante la justicia de la Provincia de Buenos Aires, en La Plata. Nosotros nos ocupamos de la presentación y del seguimiento, y la consulta inicial puede hacerse por WhatsApp o email.
¿Cuánto cuesta la consulta?
La primera revisión del caso es sin cargo.
Consultanos
Contanos el caso y te decimos cómo reclamar la cobertura a CASA.
- WhatsApp: +54 11 4972-5685
- Email: info@estudiosuez.com.ar
- Formulario de contacto
Dr. Julián Suez (T° 94, F° 925 CPACF) y Dr. Héctor Horacio Suez (T° 10, F° 650 CPACF).
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