OSECAC, la obra social de Empleados de Comercio, es una de las más grandes del país, y muchos de sus afiliados se jubilan cada año. Si te dicen que tenés que pasarte a PAMI, se puede reclamar. Te contamos un caso del estudio.
El caso
Una afiliada de OSECAC se jubiló y la obra social le negó la continuidad. Promovimos una acción de amparo con pedido de medida de no innovar para que siguiera afiliada.
Qué resolvió la Justicia
- Sentencia (mayo de 2025): el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 6 hizo lugar al amparo y ordenó a OSECAC mantener la afiliación de la actora y brindarle la misma cobertura que venía recibiendo.
- La obra social acreditó en el expediente que cumplió la sentencia.
Por qué es importante
La jubilación no obliga a pasarse a PAMI. Quien ya tenía obra social o prepaga puede seguir en ella y derivar allí los aportes que se descuentan de su haber jubilatorio. Cuando la obra social o la prepaga se niega, el amparo con medida cautelar permite que la cobertura no se corte mientras dura el juicio.
Qué hacer si te pasa algo parecido
- Pedí la continuidad por escrito y guardá la respuesta, o la constancia de que no te respondieron. Si hace falta, lo hacemos por carta documento.
- Respetá los plazos: 60 días en prepagas y 90 días en obras sociales, contados desde la jubilación.
- Reuní la documentación: DNI, credencial, constancia de jubilación, último recibo de haber y comprobantes de cuotas o aportes.
- Si te la niegan, iniciamos el amparo y pedimos una medida cautelar para que no te quedes sin cobertura.
Más información: Amparo contra OSECAC · Jubilados que siguieron en su obra social o prepaga · Guía de continuidad al jubilarse · Nuestros casos. Publicamos los casos sin datos personales de nuestros clientes.
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