Este caso del estudio contra OSDE pasó dos veces por la Cámara, y las dos veces la Cámara le dio la razón a la jubilada.
El caso
Una afiliada al Plan 210 de OSDE, con sus aportes derivados a través de una obra social, se jubiló y le negaron la continuidad. Promovimos un amparo contra la obra social y contra OSDE, con pedido de medida cautelar.
Qué resolvió la Justicia
- Cautelar confirmada (abril de 2024): la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la medida cautelar que mantenía la afiliación, con costas a las demandadas.
- Sentencia (mayo de 2025): el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 9 condenó a la obra social y a OSDE a mantener en forma definitiva a la jubilada como afiliada titular en el Plan 210, en cinco días, con costas.
- Cámara (febrero de 2026): confirmó la sentencia, con costas a las demandadas.
Por qué es importante
La jubilación no obliga a pasarse a PAMI. Quien ya tenía obra social o prepaga puede seguir en ella y derivar allí los aportes que se descuentan de su haber jubilatorio. Cuando la obra social o la prepaga se niega, el amparo con medida cautelar permite que la cobertura no se corte mientras dura el juicio.
Qué hacer si te pasa algo parecido
- Pedí la continuidad por escrito y guardá la respuesta, o la constancia de que no te respondieron. Si hace falta, lo hacemos por carta documento.
- Respetá los plazos: 60 días en prepagas y 90 días en obras sociales, contados desde la jubilación.
- Reuní la documentación: DNI, credencial, constancia de jubilación, último recibo de haber y comprobantes de cuotas o aportes.
- Si te la niegan, iniciamos el amparo y pedimos una medida cautelar para que no te quedes sin cobertura.
Más información: Amparo contra OSDE · Jubilados que siguieron en su obra social o prepaga · Guía de continuidad al jubilarse · Nuestros casos. Publicamos los casos sin datos personales de nuestros clientes.
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