Una de las respuestas más habituales cuando alguien se jubila es «ahora tenés que pasarte a PAMI». No es así. En este caso del estudio, la Justicia ordenó a la Unión Personal (UPCN) mantener a un jubilado y a toda su familia.
El caso
Al jubilarse, la Unión Personal pretendía que un afiliado, su esposa y su hija dejaran la obra social y pasaran a PAMI. Promovimos una acción de amparo para que los tres siguieran afiliados.
Qué resolvió la Justicia
- Sentencia (diciembre de 2018): el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 9 hizo lugar al amparo y condenó a la Unión Personal a incorporar en forma definitiva al titular, su esposa y su hija en el Plan 0002, en el plazo de cinco días.
- La obra social debe mantener todas las prestaciones médico-asistenciales que les corresponden como afiliados.
- Las costas se impusieron a la obra social.
Por qué es importante
El fallo recordó que pretender imponer la afiliación a PAMI rompe en forma unilateral la relación con la obra social, porque la ley la previó como facultativa para quienes ya tenían obra social. Por eso la continuidad alcanza también al grupo familiar.
Qué hacer si te pasa algo parecido
- Pedí la continuidad por escrito y guardá la respuesta, o la constancia de que no te respondieron. Si hace falta, lo hacemos por carta documento.
- Respetá los plazos: 60 días en prepagas y 90 días en obras sociales, contados desde la jubilación.
- Reuní la documentación: DNI, credencial, constancia de jubilación, último recibo de haber y comprobantes de cuotas o aportes.
- Si te la niegan, iniciamos el amparo y pedimos una medida cautelar para que no te quedes sin cobertura.
Más información: Amparo contra UPCN (Unión Personal) · Jubilados que siguieron en su obra social o prepaga · Guía de continuidad al jubilarse · Nuestros casos. Publicamos los casos sin datos personales de nuestros clientes.
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