Cuando la Unión Personal (UPCN) da de baja a un afiliado porque se jubiló, la Justicia puede ordenar que lo reafilie. Te contamos un caso del estudio que terminó con una sentencia de reafiliación definitiva.
El caso
Una afiliada de la Unión Personal, con su Plan 0001, se jubiló y la obra social la dejó sin cobertura. Promovimos una acción de amparo para que la reincorporaran en las mismas condiciones.
Qué resolvió la Justicia
- Sentencia (marzo de 2023): el juez hizo lugar al amparo y condenó a la Unión Personal a reafiliar en forma definitiva a la jubilada en el Plan 0001, en el plazo de cinco días.
- La cobertura se financia con los aportes que se descuentan de su haber jubilatorio, que se derivan a la obra social (art. 16 de la Ley 19.032 y art. 20 de la Ley 23.660).
- El juez destacó que dejarla sin cobertura vulneraba su derecho a la salud, que tiene jerarquía constitucional.
Por qué es importante
La jubilación no obliga a pasarse a PAMI. Quien ya tenía obra social o prepaga puede seguir en ella y derivar allí los aportes que se descuentan de su haber jubilatorio. Cuando la obra social o la prepaga se niega, el amparo con medida cautelar permite que la cobertura no se corte mientras dura el juicio.
Qué hacer si te pasa algo parecido
- Pedí la continuidad por escrito y guardá la respuesta, o la constancia de que no te respondieron. Si hace falta, lo hacemos por carta documento.
- Respetá los plazos: 60 días en prepagas y 90 días en obras sociales, contados desde la jubilación.
- Reuní la documentación: DNI, credencial, constancia de jubilación, último recibo de haber y comprobantes de cuotas o aportes.
- Si te la niegan, iniciamos el amparo y pedimos una medida cautelar para que no te quedes sin cobertura.
Más información: Amparo contra UPCN (Unión Personal) · Jubilados que siguieron en su obra social o prepaga · Guía de continuidad al jubilarse · Nuestros casos. Publicamos los casos sin datos personales de nuestros clientes.
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